Permiso por hospitalización o intervención: cuándo y cómo disfrutarlo

El permiso por hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar es uno de los permisos retribuidos que más dudas genera en las empresas. La pregunta no suele ser solo cuántos días corresponden, sino cuándo empiezan, si son naturales o laborables, si pueden disfrutarse más tarde, si se pueden fraccionar y qué documentación debe aportar el trabajador.

Desde la reforma introducida por el Real Decreto-ley 5/2023, el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores establece cinco días de permiso por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. La norma no precisaba todos los detalles sobre cómputo y disfrute, por lo que la jurisprudencia ha ido aclarando cuestiones esenciales. 

La clave es entender la finalidad del permiso: permitir que la persona trabajadora atienda una situación familiar de necesidad sin perder salario.

Cuántos días corresponden

El permiso legal mínimo es de cinco días.

Cinco días laborables

Los tribunales han entendido que estos permisos deben disfrutarse en días de trabajo efectivo, no en días naturales. La fuente recoge que la doctrina judicial considera que el permiso solo tiene sentido cuando existe obligación de trabajar, porque si coincide con días de descanso no hay necesidad de eximir al trabajador de acudir al puesto. Además, la STS 1084/2025, de 13 de noviembre de 2025, fijó doctrina unificada indicando que los cinco días del artículo 37.3.b) ET son laborables. 

Por qué no son naturales

El Estatuto sí precisa expresamente días naturales en otros permisos, como el matrimonio. Cuando no lo hace, la interpretación consolidada es que se trata de días laborables.

Esto evita que un permiso pierda eficacia por coincidir con descansos, fines de semana o festivos.

Quién puede generar el derecho

El permiso se reconoce por situaciones que afectan a personas vinculadas con el trabajador.

Cónyuge o pareja de hecho

La hospitalización o intervención del cónyuge o pareja de hecho genera derecho al permiso.

Familiares hasta segundo grado

También alcanza a parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad.

Esto incluye, entre otros:

  • Padres.
  • Hijos.
  • Abuelos.
  • Nietos.
  • Hermanos.
  • Suegros.
  • Cuñados, según grado de afinidad aplicable.

Familiares de la pareja de hecho

La reforma incorporó también familiares consanguíneos de la pareja de hecho. 

Convivientes

También puede generar derecho una persona conviviente en el mismo domicilio que requiera cuidado efectivo, aunque no exista parentesco. 

Convenio colectivo

El convenio puede ampliar el derecho, incluir otros familiares o mejorar días.

No puede reducir el mínimo legal.

Qué situaciones dan derecho al permiso

El artículo 37.3.b) ET contempla dos grandes causas.

Hospitalización

La hospitalización exige internamiento efectivo en un establecimiento sanitario. La fuente recuerda que el Tribunal Supremo ha exigido ese ingreso efectivo. 

Intervención quirúrgica sin hospitalización

También da derecho la intervención quirúrgica sin ingreso cuando precise reposo domiciliario prescrito médicamente. 

No basta una prueba médica

Una consulta, prueba diagnóstica o tratamiento ambulatorio sin intervención quirúrgica y sin reposo domiciliario no activa automáticamente este permiso. 

Hospitalización de urgencia

El ingreso de urgencias sin programación previa activa el permiso desde el momento en que se produce el internamiento efectivo. La falta de programación no impide el derecho. El Estatuto no exige una gravedad determinada para la hospitalización, aunque algunos convenios sí pueden introducir requisitos adicionales, por lo que conviene revisar el convenio aplicable. 

Urgencia no significa menos derecho

Un ingreso inesperado puede ser precisamente uno de los supuestos donde el permiso resulta más necesario.

Comunicación a la empresa

El trabajador debe avisar lo antes posible y aportar justificante cuando pueda.

Cuándo debe disfrutarse el permiso

Una de las preguntas más frecuentes es si el permiso debe comenzar necesariamente el primer día.

Mientras dure la necesidad

En caso de hospitalización, el hecho causante es la propia hospitalización. Por tanto, el trabajador puede coger el permiso mientras dure esa situación, sin que la empresa pueda exigir que lo disfrute siempre en los primeros días. 

Alta hospitalaria y reposo domiciliario

La fuente recuerda que el alta hospitalaria no siempre equivale a alta médica. Si va seguida de reposo domiciliario, puede persistir la causa que justifica el permiso. 

No imponer el primer día

La empresa no puede obligar a que el permiso empiece necesariamente el primer día laborable posterior al hecho causante. 

Puede disfrutarse en días alternos

El disfrute de los cinco días puede hacerse de forma consecutiva o en días alternos según las necesidades reales de cuidado. 

Por qué tiene sentido

La necesidad familiar no siempre se concentra en los primeros días.

Puede haber:

  • Ingreso.
  • Pruebas.
  • Intervención.
  • Alta.
  • Reposo.
  • Revisiones.
  • Necesidad de acompañamiento posterior.

Acuerdo con la empresa

Lo ideal es coordinar fechas, pero la empresa no puede vaciar el derecho si la necesidad está justificada.

Varias hospitalizaciones por la misma enfermedad

Si el trabajador ya ha disfrutado del permiso y el familiar vuelve a ingresar por las mismas dolencias, tiene derecho a un nuevo permiso. Cada hospitalización es un hecho causante distinto y da derecho a permisos sucesivos. 

No se agota por enfermedad

El permiso no se consume una vez para toda la enfermedad.

Se activa por cada hecho causante.

Ejemplo

Un familiar ingresa cinco días, recibe alta y semanas después vuelve a ingresar por la misma patología. Esa segunda hospitalización puede generar nuevo permiso.

Qué se entiende por reposo domiciliario

El reposo domiciliario significa que la persona debe permanecer en casa evitando tareas incompatibles con la recuperación. La fuente explica que, si el paciente no puede realizar actividades habituales del domicilio, esas tareas deberán ser asumidas por quien lo asista. 

No es solo estar en casa

El reposo domiciliario supone una necesidad real de cuidado.

Puede requerir:

  • Ayuda para levantarse.
  • Preparar comidas.
  • Comprar medicación.
  • Limpiar.
  • Cuidar heridas.
  • Acompañar a revisión.
  • Vigilar evolución.
  • Evitar esfuerzos.

Prescripción médica

En intervención sin hospitalización, la prescripción de reposo es determinante.

Qué documentación debe aportarse

El trabajador debe avisar a la empresa y justificar el hecho causante, acreditando parentesco o convivencia y aportando certificado de ingreso hospitalario o prescripción médica de reposo domiciliario, según el caso. La empresa no puede exigir requisitos adicionales como acreditar la condición de cuidador principal. 

Documentos útiles

  • Parte de ingreso.
  • Certificado hospitalario.
  • Justificante médico.
  • Prescripción de reposo.
  • Libro de familia.
  • Certificado de pareja de hecho.
  • Documento de convivencia.
  • Comunicación escrita a la empresa.

Datos médicos y privacidad

La empresa necesita comprobar el derecho, pero no conocer detalles clínicos innecesarios.

Debe respetarse la protección de datos.

Cuando la hospitalización se prolonga

El permiso de cinco días no está vinculado únicamente a los días de ingreso. Si el ingreso dura menos de cinco días, pero existe prescripción de reposo domiciliario tras el alta, el trabajador puede agotar los cinco días. El permiso se mantiene mientras subsista la causa que lo origina y no puede extinguirse automáticamente con el alta hospitalaria. 

Si la necesidad continúa después

Una vez agotados los cinco días, si la situación persiste, pueden explorarse otras vías:

  • Acuerdo con la empresa.
  • Vacaciones.
  • Permisos sin sueldo.
  • Adaptaciones.
  • Reducción de jornada.
  • Otros permisos previstos en convenio.

Convenio colectivo

El convenio puede mejorar la regulación.

Puede establecer:

  • Más días.
  • Más familiares incluidos.
  • Requisitos de comunicación.
  • Mejores condiciones.
  • Reglas de desplazamiento.
  • Fórmulas de disfrute.

La fuente recuerda que los convenios pueden mejorar, pero no reducir el mínimo legal de cinco días. 

Convenios anteriores a 2023

Algunos convenios pueden contener reglas antiguas, como permisos distintos por desplazamiento. Deben interpretarse respetando el mínimo legal vigente.

Permiso por hospitalización y permiso por fallecimiento

Son permisos distintos.

Si tras la hospitalización se produce el fallecimiento, el trabajador puede solicitar el permiso por fallecimiento, acumulable al anterior. 

Hechos causantes distintos

Hospitalización y fallecimiento protegen necesidades diferentes.

Por eso, el uso de uno no elimina el otro.

Qué debe hacer la empresa

Tener protocolo

La empresa debería establecer cómo se solicitan estos permisos y qué documentación se pide.

Contar días laborales

No naturales.

Revisar convenio

Puede mejorar la regulación.

No exigir requisitos extra

No puede exigir que el trabajador sea cuidador principal si la norma no lo pide. 

Permitir flexibilidad razonable

Debe atender a la situación de necesidad.

Proteger datos médicos

Solo debe recabar información necesaria.

Qué debe hacer el trabajador

Avisar cuanto antes

La comunicación debe ser rápida, aunque en urgencias puede completarse después.

Justificar el hecho

Debe aportar la documentación médica o familiar correspondiente.

Indicar fechas de disfrute

Conviene concretar qué días se solicita.

Guardar prueba

Correos, justificantes y respuestas de la empresa pueden ser importantes.

Errores frecuentes

Contar días naturales

El criterio consolidado es que son días laborables.

Obligar a empezar el primer día

El permiso puede disfrutarse mientras dura la hospitalización o necesidad.

Negar días alternos

Puede disfrutarse de forma consecutiva o alterna según el cuidado.

Exigir ser cuidador principal

La empresa no puede añadir ese requisito.

Finalizar automáticamente con el alta hospitalaria

Si hay reposo domiciliario, la causa puede continuar.

No revisar convenio

Puede mejorar los mínimos legales.

El permiso por hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario concede cinco días laborables, no naturales. Puede disfrutarse mientras subsista la necesidad, incluso en días alternos, y no tiene que empezar necesariamente el primer día posterior al ingreso. 

La empresa puede pedir justificación razonable, pero no añadir requisitos como acreditar la condición de cuidador principal. Además, si hay varias hospitalizaciones por la misma enfermedad, cada ingreso puede generar un nuevo permiso. 

Para evitar conflictos, la clave está en combinar comunicación rápida, documentación suficiente, revisión del convenio y respeto a la finalidad del permiso: facilitar el cuidado familiar en situaciones de necesidad.

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