Cuando surge un litigio sobre una herencia, los plazos establecidos para la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) pueden verse afectados, lo que puede generar incertidumbre para los herederos. En este artículo, exploraremos en qué situaciones se interrumpe el plazo de liquidación del ISD y cómo actuar en estos casos.
Plazo para Liquidar el ISD
Seis Meses
En términos generales, el devengo del ISD se produce en el momento del fallecimiento del causante, y los herederos disponen de seis meses para liquidar el impuesto. Este plazo puede prorrogarse por seis meses más si se solicita dentro de los primeros cinco meses del plazo ordinario.
Interrupción por Litigio
Cuando existe un litigio judicial sobre la herencia, los plazos de declaración del ISD pueden verse interrumpidos, lo que amplía aún más el plazo para liquidar el impuesto. Esto ocurre cuando no es posible liquidar correctamente el ISD mientras persista el litigio judicial.
Tipos de Demandas que Interrumpen los Plazos
Sí Interrumpen
Las demandas judiciales que versan sobre elementos esenciales para calcular el impuesto interrumpen los plazos de liquidación del ISD. Por ejemplo, si se inicia un procedimiento penal por falsedad del testamento o si hay discrepancias sobre quiénes son los herederos.
No Interrumpen
Por otro lado, no se consideran litigios que interrumpan los plazos aquellos que afectan a aspectos más formales, como las diligencias judiciales para la apertura de testamentos o reclamaciones dirigidas a hacer efectivas deudas del difunto.
Procedimiento en Caso de Interrupción
Temporalidad
En caso de interrupción, el plazo de presentación del ISD queda suspendido temporalmente hasta que se resuelva el litigio o hasta que todos los interesados desistan del mismo. Durante este tiempo, los herederos no estarán sujetos al pago de intereses de demora ni recargos por retraso.
Comunicación a Hacienda
Es importante comunicar a la oficina liquidadora del ISD la existencia del litigio judicial para que estén al tanto de la interrupción del plazo de declaración. Se deben adjuntar documentos relevantes, como el testamento, el certificado de defunción y la demanda judicial interpuesta.