Adquisición de una empresa con pérdidas por los trabajadores

Cuando una empresa enfrenta dificultades financieras y acumula bases imponibles negativas, la adquisición de la misma puede plantear numerosas preguntas fiscales, especialmente si los adquirentes son los trabajadores de la entidad. En el contexto de una empresa operativa que pertenece a un grupo empresarial en concurso, los empleados podrían optar por adquirir las acciones con el objetivo de mantener la actividad y, potencialmente, vender dichas acciones a un socio estratégico en el futuro. Este artículo examina las implicaciones fiscales y la posibilidad de compensar las bases imponibles negativas en caso de una adquisición por parte de los trabajadores.

Contexto: adquisición por los empleados de una empresa con pérdidas

La situación de la empresa

En este caso, una empresa operativa perteneciente a un grupo alemán ha entrado en concurso. Para evitar el cierre de la empresa, se está considerando la adquisición de las acciones por parte de sus empleados, quienes no están vinculados entre sí y ninguno de ellos posee más del 25% del capital social. A su vez, se contempla la posibilidad de una venta futura de las acciones a un socio estratégico, con el fin de garantizar la viabilidad a largo plazo de la empresa.

Bases imponibles negativas y su compensación

La empresa en cuestión ha acumulado bases imponibles negativas. Estas bases son pérdidas fiscales que pueden compensarse con beneficios futuros, permitiendo reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades (IS). La pregunta clave es si, tras la adquisición por los empleados, la empresa puede continuar compensando estas bases imponibles negativas de acuerdo con la normativa del IS.

Normativa del Impuesto sobre Sociedades (IS) aplicable

Restricciones a la compensación de bases imponibles negativas

La normativa del Impuesto sobre Sociedades establece ciertos límites a la compensación de bases imponibles negativas cuando se produce un cambio en la titularidad del capital social de una empresa. Estas restricciones se aplican cuando:

  1. La mayoría del capital social o de los derechos a participar en los resultados de la entidad ha sido adquirida por una persona, entidad, o conjunto de personas vinculadas, tras el período impositivo en que se generaron las bases imponibles negativas.
  2. Antes de la adquisición, estas personas o entidades no tenían una participación de al menos el 25% en la empresa.
  3. Además, la empresa debe cumplir ciertos requisitos, como mantener la actividad económica que generó las bases imponibles negativas.

Excepciones en el caso de los empleados

En el caso de la adquisición de las acciones por parte de los trabajadores, se parte de las siguientes hipótesis:

  • Los empleados no están vinculados entre sí, es decir, no existe una relación empresarial o familiar que los relacione como un único grupo a efectos fiscales.
  • Ninguno de los empleados tenía una participación superior al 25% en la empresa al concluir los períodos impositivos en los que se generaron las bases imponibles negativas.
  • Ninguno de los empleados adquiere la mayoría del capital social ni los derechos a participar en los resultados de la empresa.

Dado que la empresa sigue siendo operativa y continuará desarrollando su actividad económica tras el cambio de accionistas, podrá compensar las bases imponibles negativas pendientes, siempre que se mantengan las condiciones establecidas.

Posibles escenarios tras la adquisición

Compensación de las bases imponibles negativas

En el escenario en el que los empleados adquieren la totalidad de las acciones de la empresa y esta continúa su actividad económica sin cambios significativos, se mantiene el derecho a la compensación de las bases imponibles negativas. Esto se debe a que la normativa limita este derecho únicamente en casos donde hay un cambio significativo en el control de la empresa por parte de un grupo vinculado, lo que no ocurre en este caso.

Venta futura a un socio estratégico

Si, en el futuro, los empleados deciden vender las acciones a un socio estratégico, ya sea de manera total o mayoritaria, se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones para la compensación de las bases imponibles negativas:

  1. Actividad económica previa: Si la empresa no ha realizado actividad económica en los tres meses anteriores a la adquisición por parte del socio estratégico, se aplicará la limitación a la compensación de bases imponibles negativas.
  2. Cambio en la actividad económica: Si, dentro de los dos años posteriores a la adquisición, la empresa realiza una actividad diferente o adicional a la anterior, y esta genera un volumen de negocio superior al 50% del importe medio de la cifra de negocios de los dos años anteriores, también se aplicará la limitación.
  3. Entidad patrimonial: Si la empresa es clasificada como una entidad patrimonial, es decir, una entidad que no realiza una actividad económica activa, se perderá el derecho a compensar las bases imponibles negativas.
  4. Baja en el índice de entidades: Si la empresa ha sido dada de baja en el índice de entidades por no haber presentado la declaración del Impuesto sobre Sociedades durante tres períodos impositivos consecutivos, se perderá el derecho a compensar.

Qué supone fiscalmente para los trabajadores

Beneficios para los empleados

La adquisición de una empresa con bases imponibles negativas por parte de los empleados puede ser una estrategia fiscalmente ventajosa. Al mantener el derecho a la compensación de las bases imponibles negativas, la empresa puede reducir su carga fiscal en los ejercicios futuros, lo que podría facilitar su viabilidad financiera a largo plazo.

Riesgos en la venta futura

Sin embargo, es importante tener en cuenta los riesgos fiscales asociados a una posible venta de las acciones a un tercero. Dependiendo de la estructura de la venta y los cambios que experimente la empresa tras la adquisición, se podrían activar las restricciones a la compensación de las bases imponibles negativas, lo que limitaría el atractivo fiscal de la operación.

Conclusión

La adquisición de una empresa con pérdidas por parte de los trabajadores es una opción viable y, en muchos casos, fiscalmente beneficiosa, siempre que se cumplan los requisitos legales y la actividad económica de la empresa se mantenga. En el caso de una posterior venta a un socio estratégico, es fundamental tener en cuenta las restricciones que impone la normativa del Impuesto sobre Sociedades para la compensación de las bases imponibles negativas. De este modo, los empleados pueden garantizar que la operación sea sostenible y maximizar las ventajas fiscales de la empresa.

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