Finiquito en 2026: qué incluye y cómo se calcula

El finiquito es uno de los documentos más importantes al finalizar una relación laboral. Cierra la relación entre empresa y trabajador y recoge las cantidades pendientes de pago en el momento de la extinción del contrato.

Sin embargo, sigue generando muchas dudas. No siempre se distingue correctamente entre finiquito e indemnización. Tampoco se calculan bien las vacaciones no disfrutadas, las pagas extraordinarias o los conceptos pendientes de convenio.

El finiquito debe entregarse tanto si el contrato termina por despido como si finaliza un contrato temporal, hay dimisión, baja voluntaria o acuerdo entre las partes. Su función es liquidar lo que la empresa todavía debe al trabajador por conceptos ya generados. 

La clave es revisar el documento antes de firmar, comprobar cada importe y, si hay dudas, dejar constancia de la disconformidad.

Qué es el finiquito

El finiquito es el documento que formaliza la terminación del contrato y recoge las cantidades pendientes.

Diferencia entre finiquito y liquidación

La fuente distingue entre el documento de finiquito y la liquidación económica. El finiquito formaliza el cierre de la relación; la liquidación es el contenido económico que se abona. 

En la práctica, ambas ideas suelen mezclarse, pero conviene diferenciarlas.

Derecho en cualquier extinción

El trabajador tiene derecho a recibir finiquito cuando termina la relación laboral, sea cual sea la causa:

  • Despido.
  • Dimisión.
  • Fin de contrato temporal.
  • Baja voluntaria.
  • Mutuo acuerdo.
  • Jubilación.
  • Incapacidad.
  • Extinción objetiva.

No depende de que exista indemnización.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

Esta es una de las confusiones más frecuentes.

Finiquito

Incluye cantidades salariales ya generadas y pendientes de cobro.

Indemnización

Compensa determinados tipos de extinción, como despido objetivo, improcedente o fin de contrato temporal cuando proceda.

La fuente recuerda expresamente que el finiquito no incluye la indemnización por despido, porque son conceptos distintos y acumulables. 

Ejemplo

Un trabajador despedido improcedentemente puede tener derecho a:

  • Finiquito.
  • Indemnización por despido.

Una persona que dimite puede tener derecho a:

  • Finiquito.
  • Pero no indemnización por despido.

Qué conceptos debe incluir el finiquito

Para calcularlo bien, hay que identificar lo pendiente.

Salario pendiente

Incluye los días trabajados en el mes en curso hasta la fecha de baja que todavía no han sido pagados. 

Por ejemplo, si el trabajador causa baja el día 15 y todavía no ha cobrado ese mes, deben liquidarse esos días.

Vacaciones no disfrutadas

Las vacaciones devengadas y no disfrutadas deben pagarse.

Este es uno de los conceptos donde más errores se producen. 

Pagas extraordinarias

Debe incluirse la parte proporcional de las pagas extra devengada desde el último periodo completo hasta la fecha de finalización. 

Si las pagas están prorrateadas, ya se habrán ido cobrando mes a mes.

Pluses y complementos

El convenio o el contrato pueden reconocer conceptos pendientes:

  • Plus de transporte.
  • Comisiones.
  • Incentivos.
  • Horas extra.
  • Bonus.
  • Guardias.
  • Nocturnidad.
  • Festivos.
  • Dietas.
  • Complementos variables.

Si se han generado y no se han pagado, deben incluirse.

Cómo calcular el salario pendiente

Primero debemos conocer el salario diario.

Método habitual

Se toma el salario mensual y se calcula la parte proporcional según días trabajados.

Si el salario mensual es de 1.800 euros y la relación termina el día 10, habrá que calcular los días devengados según el criterio aplicable en la empresa y convenio.

Cuidado con conceptos variables

Si existen comisiones o incentivos, debe revisarse cuándo se devengan y cómo se pagan.

No siempre basta con mirar el salario base.

Cómo calcular las vacaciones

Para calcular vacaciones pendientes, la fuente indica que debe dividirse el total de días de vacaciones anuales fijados en convenio entre 365, multiplicar por los días trabajados en el año y restar los días ya disfrutados. 

Fórmula orientativa

Días de vacaciones anuales / 365 × días trabajados en el año = vacaciones generadas.

Después se restan los días disfrutados.

Ejemplo

Si el convenio reconoce 22 días laborables de vacaciones y el trabajador ha trabajado 200 días:

22 / 365 × 200 = 12,05 días generados.

Si ya disfrutó 8 días, quedarían aproximadamente 4,05 días pendientes.

Pago en finiquito

Los días pendientes se abonan económicamente.

Además, pueden generar cotización hasta la fecha equivalente.

Cómo calcular las pagas extra

El cálculo depende de si las pagas están prorrateadas o se cobran en fechas concretas.

Pagas prorrateadas

Si se cobran mes a mes, normalmente no habrá cantidad pendiente por ese concepto, salvo ajustes.

Pagas no prorrateadas

Si se cobran en junio y diciembre, hay que calcular qué parte se ha generado desde el último periodo de devengo.

Devengo semestral o anual

El convenio o contrato puede establecer si el devengo es semestral o anual.

Esa diferencia cambia el cálculo.

Qué debe contener el documento

Aunque no existe un modelo oficial único, el documento debe ser detallado y preciso. 

Datos básicos

Debe incluir:

  • Identificación de empresa.
  • Identificación del trabajador.
  • Fecha de extinción.
  • Causa de finalización.
  • Desglose de cantidades.
  • Importes brutos.
  • Deducciones.
  • Retenciones.
  • Cotizaciones.
  • Neto a percibir.

Desglose económico

No conviene aceptar un documento con una cifra global sin explicación.

Debe verse qué corresponde a salario, vacaciones, pagas extra, complementos u otros conceptos.

Cuándo debe pagarse

El Estatuto de los Trabajadores no fija un plazo exacto, pero la jurisprudencia exige que el pago se produzca en el momento de la firma o en un plazo inmediato. 

La empresa no puede aplazar unilateralmente

La empresa no tiene derecho a pagar en plazos por decisión propia. Solo puede hacerlo si el trabajador acepta expresamente esa forma de pago. 

Qué ocurre si no paga

Si la empresa retrasa el pago sin justificación, el trabajador puede reclamar la cantidad adeudada mediante conciliación ante el SMAC y, si es necesario, ante la jurisdicción social. 

Estoy obligado a firmar el finiquito

No.

La firma es voluntaria. Nadie puede obligar al trabajador a firmar, y retener el pago por no firmar es una práctica irregular. 

Firmar “no conforme”

Si existen dudas sobre las cantidades, la opción prudente es firmar añadiendo “no conforme”. 

Esto permite cobrar sin renunciar a reclamar diferencias.

Firmar sin reservas

Firmar sin reservas puede generar problemas, porque la empresa puede alegar que el trabajador aceptó la liquidación.

Aun así, los tribunales pueden revisar el efecto liberatorio si las cantidades no reflejan la realidad de lo adeudado. 

El finiquito tributa

El finiquito tributa en el IRPF como cualquier otra retribución salarial. 

Qué significa

Las cantidades de salario, vacaciones, pagas extra o complementos están sujetas a retención cuando corresponda.

Diferencia con algunas indemnizaciones

Algunas indemnizaciones por despido pueden tener tratamiento fiscal específico. Pero el finiquito, como liquidación salarial, tributa de forma ordinaria.

Finiquito y desempleo

Firmar el finiquito no determina por sí solo el derecho a paro.

La fuente recuerda que el trabajador puede cobrar desempleo si la causa de extinción permite acceder a la prestación, con independencia de haber firmado el finiquito. 

Lo importante es la causa

No es lo mismo:

  • Despido.
  • Fin de contrato temporal.
  • Baja voluntaria.
  • Mutuo acuerdo.
  • No superación de periodo de prueba.

La causa de extinción será determinante para el SEPE.

Qué hacer si la empresa no entrega el finiquito

Si la empresa no lo entrega, debe reclamarse formalmente por escrito. 

Primer paso

Solicitar copia del documento y pago de cantidades pendientes.

Segundo paso

Presentar papeleta de conciliación si no hay respuesta.

Tercer paso

Acudir al juzgado de lo social si no se alcanza acuerdo.

Errores frecuentes

Confundirlo con indemnización

Son conceptos diferentes.

No revisar vacaciones

Es uno de los cálculos más fallidos.

Olvidar pagas extra

Debe revisarse si están prorrateadas o no.

Firmar sin leer

Puede complicar reclamaciones posteriores.

No poner “no conforme”

Si hay dudas, es mejor reservar derechos.

Aceptar pagos aplazados sin querer

La empresa no puede imponerlos unilateralmente.

No revisar retenciones

El neto puede variar por IRPF y cotización.

Qué debe revisar la empresa

Antes de entregar el finiquito, conviene comprobar:

  • Fecha exacta de baja.
  • Salario pendiente.
  • Vacaciones generadas.
  • Vacaciones disfrutadas.
  • Pagas extra.
  • Variables pendientes.
  • Convenio colectivo.
  • Retenciones.
  • Cotizaciones.
  • Causa de extinción.
  • Indemnización aparte, si procede.

Qué debe revisar el trabajador

Antes de firmar, conviene comprobar:

  • Si las fechas son correctas.
  • Si aparece el motivo real de extinción.
  • Si el salario pendiente está bien calculado.
  • Si las vacaciones son correctas.
  • Si las pagas extra están incluidas.
  • Si faltan comisiones o pluses.
  • Si la indemnización está separada.
  • Si el neto coincide con la transferencia.
  • Si debe firmar “no conforme”.

El finiquito es el cierre económico de la relación laboral. Debe incluir salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias proporcionales y otros conceptos generados que sigan pendientes. 

No debe confundirse con la indemnización por despido, porque son conceptos distintos y pueden acumularse. 

La empresa debe pagarlo en el momento de la firma o en un plazo inmediato, sin imponer pagos aplazados. Si el trabajador tiene dudas, puede firmar “no conforme” y reclamar después las diferencias. 

Antes de firmar, conviene revisar cada cifra. Un finiquito mal calculado puede dejar dinero sin cobrar.

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