Tras un divorcio, la vivienda familiar suele quedar a uno de los cónyuges. Surge entonces la pregunta: ¿quién paga el IBI y gastos de comunidad si la sentencia no lo decide? En este artículo detallamos lo que establece la jurisprudencia y cómo se reparte la responsabilidad.
Diferencia entre gastos por uso y por propiedad
La jurisprudencia distingue entre:
- Gastos por uso: suministros como agua, luz, gas. Los asume el cónyuge que habita la vivienda.
- Gastos por propiedad (propter rem): IBI y comunidad. Deben pagarlos los titulares registrales, salvo acuerdo en contrario
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
En la STS del 7 de enero de 2025 (n.º 11/2025), el Tribunal Supremo dictamina que, si la vivienda es privativa de un cónyuge y la sentencia no asigna responsabilidad sobre IBI o comunidad, estos gastos siempre corresponden al propietario
Argumentos clave del tribunal
- El IBI recae sobre el bien, no el usuario; la comunidad, según la Ley de Propiedad Horizontal, sobre el propietario
- El uso no transfiere obligaciones fiscales inherentes al objeto.
- Solo un pacto explícito en la sentencia puede cambiarlo, pero si no existe, el gasto recae en el propietario.
Consecuencias prácticas
En procesos de liquidación de gananciales:
- Si se pagaron IBI y comunidad con fondos comunes, el propietario puede reclamar contra la sociedad de gananciales.
- El uso de la vivienda no transfiere automáticamente ninguna obligación fiscal al usuario
Posibles excepciones
- Si la sentencia determina que el usuario asume gastos comunitarios para equilibrar económicamente.
- En régimen de copropiedad sin asignación clara, ambos podrían dividirse los gastos
- Pero si es vivienda privativa y sin acuerdo, la presunción legal favorece al propietario.
Recomendaciones
- Revisar al detalle la sentencia de divorcio.
- En caso de duda o conflicto, solicitar aclaración judicial o acuerdo adicional.
- Registrar todo pago en la contabilidad de la sociedad de gananciales para futuros ajustes.