La Inspección de Trabajo ha intensificado sus esfuerzos para combatir el fraude en la contratación temporal, especialmente en lo que respecta a ciertos tipos de contratos y al encadenamiento indebido de los mismos. Aquí te lo contamos.
Iniciativas de la Inspección:
- Actuación de Oficio: La Inspección puede iniciar investigaciones por diversas vías, incluyendo denuncias de trabajadores, campañas planificadas u otras iniciativas.
- Campañas de Control: Se están llevando a cabo campañas específicas para verificar la legalidad de los contratos temporales, especialmente los de obra o servicios, y para prevenir el encadenamiento excesivo de contratos.
Contratos de Obra o Servicios:
- Cambios Normativos: A partir de marzo de 2022, estos contratos desaparecieron, pero aquellos celebrados antes de diciembre de 2021 continúan vigentes hasta su duración máxima.
- Duración Máxima: Estos contratos tenían una duración máxima de tres años, ampliable a cuatro por convenio colectivo.
- Inspección: Se verifica que estos contratos no excedan su duración máxima y que realmente estén relacionados con una obra o servicio con autonomía propia.
Encadenamiento de Contratos:
- Límites Temporales: Se prohíbe que un trabajador esté contratado por más de 18 meses dentro de un período de 24 meses bajo dos o más contratos temporales por circunstancias de la producción.
- Conversión a Indefinido: Si se superan estos límites, el contrato se convierte en indefinido.
- Sanciones: La Inspección puede requerir la conversión de los contratos fraudulentos a indefinidos y multar a las empresas con hasta 1.000 euros por contrato, con posibilidad de incrementar la multa hasta 10.000 euros por contrato en casos agravados.