En noviembre, las empresas tienen la oportunidad de optimizar sus finanzas acogiéndose al Régimen de Devolución Mensual de IVA (REDEME) mediante la presentación de una declaración censal (modelo 036). Esta estrategia permite solicitar la devolución del IVA a favor de forma mensual a partir de 2024, eliminando la espera asociada a la última declaración del año.
Procedimientos Simplificados con REDEME
Optar por el REDEME implica declarar el IVA mensualmente y presentar los libros registro a través del sistema SII, especialmente para aquellas empresas que facturan más de 6.010.121,04 euros anuales. Aunque pueda parecer una obligación adicional, en muchos casos, los beneficios superan ampliamente los requisitos.
Conveniencia Estratégica del REDEME
Este régimen se presenta como una opción estratégica para empresas que realizan numerosas ventas sin IVA al exterior o aplican un tipo de IVA inferior al que soportan. Aquellas planificando inversiones significativas a principios de 2024, con un consiguiente aumento de IVA, encontrarán en el REDEME una herramienta valiosa para solicitar devoluciones de forma anticipada.
Recálculo Anual del IVA Deductible
Para empresas tributando en el régimen de prorrata del IVA, es vital recordar que la última declaración del año puede conllevar el recálculo y la regularización del IVA deducido a lo largo del ejercicio.
Prorrata Definitiva vs. Provisional
Si la empresa tributa en el régimen de prorrata general, hasta fin de año desconoce el porcentaje de prorrata definitivo del ejercicio. Por lo tanto, las declaraciones previas aplican provisionalmente el porcentaje del año anterior. La regularización anual, sin embargo, ajusta el IVA deducido según las ventas totales anuales y el porcentaje de prorrata definitivo.
Ejemplo 1:
| Declaración | IVA Soportado | Deducido 55% | Deducido 60% |
|---|---|---|---|
| 1º trimestre | 10.000 | 5.500 | 6.000 |
| 2º trimestre | 12.000 | 6.600 | 7.200 |
| 3º trimestre | 9.000 | 4.950 | 5.400 |
| 4º trimestre | 15.000 | 8.250 | 9.000 |
| Totales | 46.000 | 25.300 | 27.600 |
Prorrata «Especial» Obligatoria: Regla del 10%
Por otro lado, las empresas que aplican el sistema de prorrata general deben calcular en la última declaración anual qué IVA podrían haber deducido durante todo el año con la prorrata especial. Si el IVA deducible con la prorrata general supera en más del 10% al que se habría deducido con la prorrata especial, se torna obligatoria esta última durante el mismo ejercicio.
Ejemplo 2:
| Declaración 4º trimestre | IVA Deducible 4T con prorrata 55% | Regularización Anual Prorrata Especial |
|---|---|---|
| Importe | 8.250 (1) | – 9.100 (2) |
Aprovechar el REDEME y entender las implicaciones de la prorrata en la última declaración del año son estrategias clave para optimizar la gestión del IVA. Al anticipar devoluciones mensuales y ajustar la prorrata, las empresas pueden maximizar sus beneficios fiscales y garantizar un flujo de efectivo más eficiente.
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